Saturday, October 26, 2013

Pregunta Número 1 - Reválida de Septiembre 2013

Brenda Bravucona y Basilio Balandrón, mayores de edad, no estudian ni trabajan y se dedican a asaltar personas para llevarse identificaciones y documentos con el propósito de realizar transacciones comerciales ilegales.
Un día, Bravucona y Balandrón vieron a Paola Perjudicada salir de una joyería. Balandrón le arrebató la cartera a Perjudicada, quien perdió el equilibrio y se cayó, recibiendo un fuerte golpe en la rodilla. En la cartera había una chequera y un reloj Rolex valorado en $5,000.00 que Perjudicada acababa de comprar para regalarlo a su esposo. Además, había una tarjeta con foto que identificaba a Perjudicada como residente de su urbanización. Bravucona y Balandrón pensaron que podían usarla para cambiar algunos cheques de Perjudicada.
Posteriormente, Bravucona y Balandrón fueron a donde Carlos Coleccionista, quien era coleccionista de relojes Rolex, y le vendieron en $250.00 el reloj que Perjudicada había comprado. Posteriormente, alteraron la tarjeta de identificación de Perjudicada y sustituyeron la foto por una de Bravucona. Además, esta practicó la firma de Perjudicada hasta lograr imitarla. Después fueron a un negocio de equipos de música donde hicieron una compra de $850.00. Al frente del vendedor, Bravucona reprodujo la firma de perjudicada en uno de sus cheques y pagó la compra.
Analice, Discuta y Fundamente
I. Qué delitos cometieron Bravucona y Balandrón cuando:
A. se apoderaron de la cartera de Perjudicada;
B. se apropiaron de la tarjeta de identificación residencial de Perjudicada;
C. se reprodujo en el cheque la firma de Perjudicada;
D. se pagó la compra en el negocio de equipos de música.
II. Qué delito, si alguno, se le puede imputar a Coleccionista.



I-A.
Son responsables de delito los autores y los cooperadores, sean personas naturales o jurídicas. Es autor el que coopera de cualquier otro modo en la comisión del mismo
Toda persona que:
ü  se apropie ilegalmente de bienes muebles;
ü  pertenecientes a otra;
ü  sustrayéndolos de la persona;
ü  en su inmediata presencia;
ü  en contra de su voluntad;
ü  por medio de violencia o intimidación;
ü  o emplee violencia o intimidación sobre una persona para retener la cosa apropiada;
ü  será sancionada reclusión fija de 20 años;
ü  también se podrá imponer la restitución.
Se considera el robo agravado cuando:
ü  para cometer el robo se vale de un menor que no ha cumplido 18 años;
ü  o el bien objeto del delito sea un vehículo de motor;
ü  cuando para cometer el robo se inflige daño físico a la víctima;
ü  u ocurre en un edificio residencial ocupado donde esté la víctima o en cualquier otro lugar donde ésta tenga una expectativa razonable de intimidad;
ü  también se podrá imponer la restitución;
ü  será sancionada reclusión fija de 30 años.
Bienes muebles incluye dinero, mercancías, semovientes, equipos, aparatos, sistemas de información y comunicación, servicios, vehículos de motor o cualquier otro objeto de locomoción, energía eléctrica, gas, agua u otro fluido, ondas, señales de comunicación móviles o electrónicas y números de identificación en soporte papel o electrónico, cosas cuya posesión pueda pedirse en juicio, comprobantes de crédito, documentos, o cualquier otro objeto susceptible de apropiación.
Bravucona y Balandrón vieron a Paola Perjudicada salir de una joyería. Balandrón le arrebató la cartera a Perjudicada, quien perdió el equilibrio y se cayó, recibiendo un fuerte golpe en la rodilla.
Por lo tanto, cometieron robo agravado.
I-B.
Toda persona que:
ü  se apropie de un medio de identificación de otra persona;
ü  con la intención de realizar cualquier acto ilegal;
ü  será sancionada con reclusión fija de 8 años;
ü  se podrá imponer la pena de restitución.
En la cartera había una chequera y un reloj Rolex valorado en $5,000.00 que Perjudicada acababa de comprar para regalarlo a su esposo. Además, había una tarjeta con foto que identificaba a Perjudicada
Por lo tanto, cometieron apropiación ilegal de identidad.
I-C.
Toda persona que:
ü  con intención de defraudar;
ü  haga, en todo o en parte;
ü  un documento, instrumento, o escrito falso;
ü  mediante el cual se cree, transfiera, termine, o de otra forma afecte;
ü  cualquier derecho, obligación o interés;
ü  o que falsamente altere, limite, suprima, o destruya, total o parcialmente, uno verdadero;
ü  será sancionada con reclusión fija de 3 años.
Bravucona y Balandrón alteraron la tarjeta de identificación de Perjudicada y sustituyeron la foto por una de Bravucona.
Por lo tanto, cometieron falsificación de documento.
Toda persona que:
ü  con intención de engañar;
ü  se haga pasar por otra;
ü  o la represente;
ü  y bajo este carácter realice cualquier acto no autorizado por la persona falsamente representada;
ü  incurrirá en delito menos grave.
Bravucona practicó la firma de Perjudicada hasta lograr imitarla. Después fueron a un negocio de equipos de música donde hicieron una compra de $850.00. Al frente del vendedor, Bravucona reprodujo la firma de perjudicada en uno de sus cheques y pagó la compra.
Por lo tanto, cometieron impostura.
I-D.
Comete apropiación ilegal toda persona que:
ü  se apropie ilegalmente;
ü  de bienes muebles;
ü  pertenecientes a otra persona;
ü  sin violencia ni intimidación;
ü  incurrirá en delito menos grave;
ü  también podrá imponerse la restitución.
Es apropiación ilegal agravada:
ü  la apropiación ilegal, cuando concurre con las siguientes circunstancias:
se apropia de propiedades o fondos públicos;
o de bienes cuyo valor sea $10,000 o más;
ü en ambos casos, se impondrá reclusión fija de 15 años;
cuando el bien tenga valor menor de $10,000 pero mayor de $1,000;
ü se impondrá reclusión fija de 8 años:
cuando el bien tenga valor menor de $1,000 pero mayor de $500;
ü se impondrá reclusión fija de 3 años;
Bravucona y Balandrón cometieron el delito de apropiación ilegal agravada porque se apoderaron ilegalmente del equipo de música valorado en $850.00.
II.
Toda persona que:
ü  compre, reciba, retenga, transporte, disponga;
ü  de algún bien mueble;
ü  a sabiendas de que fue obtenido;
ü  mediante cualquier forma ilícita;
ü  incurrirá en delito menos grave;
ü  si el bien excede $500, será sancionada con reclusión fija de 3 años;
ü  se podrá imponer también la restitución.
La mera posesión de los objetos hurtados no es por sí sola suficiente para sostener una convicción. Sin embargo, está justificado en someter el caso al jurado para la determinación definitiva sobre la responsabilidad criminal del acusado, esto es si sabía que los objetos en su posesión habían sido apropiados ilegalmente. El conocimiento de que los bienes fueron obtenidos mediante apropiación ilegal es un elemento esencial del delito. Este conocimiento puede inferirse de los hechos y circunstancias del caso, a saber, el valor depreciado pagado por los artículos, la vaguedad sobre el modo en que fueron adquiridos y la persona de quien se adquirieron y la ausencia de factura o recibo por la compra.

Bravucona y Balandrón fueron a donde Carlos Coleccionista, quien era coleccionista de relojes Rolex, y le vendieron en $250.00 el reloj, valorado en $5,000, que Perjudicada había comprado.