I (A). Debemos determinar si tiene méritos la alegación de Abogada, en cuanto a que los cánones de ética profesional le requerían divulgar la conspiración.
En PR, el abogado debe adoptar medidas adecuadas para evitar la comisión de un delito informado por su cliente. Sumario p. 7.
Surge que Delincuente informó a Abogada que él dirigía una conspiración para "desaparecer" a uno de los testigos de cargo. Abogada intentó disuadirlo. Delincuente le reiteró que asesinaría al testigo esa misma noche. Abogada acudió a la policía e informó la conspiración. Al enterarse, Delincuente presentó una queja en contra de Abogada. Ésta contestó que los cánones le requerían divulgar la conspiración.
Por lo tanto actuó correctamente Abogado. Procede su alegación.
I (B). Debemos determinar si tiene méritos la alegación de Abogada, en cuanto a que los cánones de ética profesional le requerían divulgar el asesinato cometido.
En PR, los cánones establecen un deber de lealtad del abogado hacia el cliente que le prohíbe incurrir en intereses encontrados. Dicho deber de lealtad absoluta se divide en dos aspectos: ejercer un criterio profesional independiente y desligado de sus propios intereses; y no divulgar los secretos ni confidencias que el cliente haya compartido durante el transcurso de representaciones pasadas y presentes. Sumario, p. 4.
Surge que Delincuente acudió donde Abogada para solicitarle sus servicios profesionales en el área criminal. Delincuente le indicó que se enteró por las noticias que le someterían cargos en ausencia por el delito de asesinato, por lo que necesitaba contratarla. Abogada aceptó representarlo. Luego Delincuente le admitió haber cometido el asesinato.
Por lo tanto, Abogada no puede divulgar la confidencia de Delincuente. No tiene méritos la alegación.
II (A). Determinar si Abogada debería renunciar la representación de Delincuente ante la resistencia de Delincuente a sus intentos de disuadirlo.
Los Cánones establecen que las discrepancias irreconciliables de criterio con el cliente, relativas a la defensa del caso o insalvable conflicto personal o fricción entre el cliente y el abogado justifican la renuncia de éste ante el Tribunal. Sumario, p.4.
Surge que Delincuente le informó a Abogada que él dirigía una conspiración para "desaparecer" a uno de los testigos de cargo. En varias reuniones que tuvieron para discutir la estrategia del caso, Abogada intentó disuadirlo. Delincuente le reiteró que asesinaría al testigo esa misma noche.
Por lo tanto se justifica la renuncia de Abogada
II (B). Determinar si Abogada debería renunciar la representación de Delincuente ante la prohibición de representar intereses encontrados con clientes previos.
Los Cánones prohíben representaciones en las cuales exista un conflicto de interés. Quien alega el conflicto de interés tendrá que probar: que existió una relación privilegiada previa de abogado-cliente que está relacionada; sustancialmente con la nueva controversia; y el posible efecto adverso. Sumario, p. 5.
Surge que Ana Abogada representó a Carla Clienta en una demanda de divorcio por trato cruel contra Daniel Delincuente. Años después, Delincuente acudió donde Abogada para solicitarle sus servicios profesionales en el área criminal.
Por lo tanto, no existe sustancialidad entre la nueva controversia y la de la representación previa. No se justifica la renuncia de Abogada porque no hay conflicto de intereses.
