Marta Madre y Pablo Padre procrearon a Humberto Hijo durante su matrimonio. Cuando tenía cinco años, Hijo heredó de su abuelo varios certificados de depósito. Los intereses generados por dichos certificados eran utilizados por Padre y Madre para pagar gastos del hogar, así como sufragar los viajes familiares que hacían durante las vacaciones.
Cuando Hijo tenía ocho años de edad, Madre utilizó, sin autorización judicial, $2,400 de los intereses recibidos para comprarle un perrito en una tienda de mascotas. Al momento de comprarlo, el perrito se encontraba alerta e Hijo jugó con él. Esa misma tarde, Madre se percató de que el perrito apenas se movía, por lo que llamó a la tienda de mascotas y describió a Vicky Vendedora la conducta del perrito. Vendedora investigó y se percató de que el perrito que Madre compró había terminado recientemente un tratamiento médico para atender una enfermedad no contagiosa. Por entender que el tratamiento debía haber sido efectivo, Vendedora solo indicó a Madre que le diera a tomar agua y que no se preocupara ya que era una conducta normal en lo que se adaptaba a su nuevo hogar. A la mañana siguiente, Madre llevó el perrito al veterinario. Este le indicó que debía dejarlo hospitalizado para medicarlo. Además, le indicó que, por lo avanzado de su condición, el perrito estaba enfermo hacía varias semanas. Esa noche el perrito falleció como consecuencia de esa enfermedad .
Al día siguiente, Madre fue informada de la muerte del perrito. Treinta días después de conocer la muerte, Madre y Padre demandaron a la tienda de mascotas en una acción de saneamiento por vicios ocultos.
Una vez emplazada, la tienda de mascotas compareció por conducto de su representación legal y alegó que no se configuraban los elementos de una causa de acción de saneamiento por vicios ocultos.
ANALICE, DISCUTA Y FUNDAMENTE:
I. Si Madre necesitaba autorización judicial para disponer del dinero utilizado para comprar la mascota.
II. Los méritos de la alegación de que no se configuraron los elementos de una causa de acción de saneamiento por vicios ocultos.
I. Si Madre necesitaba autorización judicial para disponer del dinero utilizado para comprar la mascota.
La administración y usufructo de los bienes de los hijos que estén bajo la patria potestad pertenece a ambos padres conjuntamente, o a aquel que tenga bajo su custodia y potestad al menor, salvo otra disposición judicial. El derecho de usufructo de los padres es inherente a la patria potestad. (Sumario Familia p. 32)
Madre utilizó, sin autorización judicial, $2,400 de los intereses recibidos para comprarle un perrito en una tienda de mascotas.
Los intereses son los frutos de los certificados de depósito de Hijo. Por lo tanto, Madre no necesitaba autorización judicial para disponer del dinero.
II. Los méritos de la alegación de que no se configuraron los elementos de una causa de acción de saneamiento por vicios ocultos.
La acción redhibitoria por vicios o defectos de animales deberá interponerse dentro 40 días, contados desde el de su entrega al comprador, salvo que por el uso en cada localidad se hallen establecidos mayores o menores plazos. Esta acción en la venta de animales sólo se podrá ejercitar respecto de los vicios y defectos de los mismos que estén determinados por la ley o por los usos locales. Resuelta la venta, el animal deberá ser devuelto en el estado en que fue vendido y entregado, siendo responsable el comprador de cualquier deterioro debido a su negligencia, y que no proceda del vicio o defecto redhibitorio. Si el animal muriese a los 3 días de comprado, será responsable el vendedor siempre que la enfermedad que ocasionó la muerte existiera antes del contrato, a juicio de los facultativos. (Sumario Contratos p. 27)
Madre compró un perrito en una tienda de mascotas. Esa misma tarde, Madre se percató de que el perrito apenas se movía. Vendedora investigó y se percató de que el perrito había terminado recientemente un tratamiento médico para atender una enfermedad no contagiosa. Vendedora solo indicó a Madre que le diera a tomar agua y que no se preocupara ya que era una conducta normal en lo que se adaptaba a su nuevo hogar. A la mañana siguiente, Madre llevó el perrito al veterinario. Este le indicó que debía dejarlo hospitalizado para medicarlo. Además, le indicó que, por lo avanzado de su condición, el perrito estaba enfermo hacía varias semanas. Esa noche el perrito falleció como consecuencia de esa enfermedad .
Al día siguiente, Madre fue informada de la muerte del perrito. Treinta días después de conocer la muerte, Madre y Padre demandaron a la tienda de mascotas en una acción de saneamiento por vicios ocultos.
Por lo tanto, el perrito murió a los 3 días de comprado por una enfermedad que tenía desde antes de comprarlo. Por eso, se configuraron los elementos de una causa de acción de saneamiento por vicios ocultos. No procede alegación de la representación legal de la tienda de mascotas.
